RECLAMACIÓN Y DEVOLUCIÓN DE LOS GASTOS DE HIPOTECA
En Asesores Herrera estamos especializados en derecho bancario y reclamaciones de los gastos de constitución de hipoteca, en Vitoria-Gasteiz, Bilbao y Almería.
Todas las personas que hayan constituido una hipoteca, sin importar con qué entidad se firmó el préstamo pueden reclamar la devolución de estos gastos.
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GASTOS DE HIPOTECA
Gastos de constitución
Los gastos de constitución de hipoteca son los gastos que se han pagado al notario, al registro de la propiedad y a la gestoría, en caso de que esta última hubiera intervenido, en la formalización del préstamo hipotecario. El impuesto de actos jurídicos documentados o el coste de la tasación de la vivienda también se contemplan como gastos de hipoteca.
Tanto el arancel del notario, como el registro o el impuesto de actos jurídicos documentados van en función del importe garantizado con la hipoteca, por tanto, en cada caso representa una cuantía diferente.
Gracia Mª Herrera Delgado, abogado – economista, estudia cada caso para ver cómo se expresan dichas clausulas y si la persona en concreto se ha deducido esas cantidades como financiación de vivienda habitual.
RECLAMACIÓN Y DEVOLUCIÓN DE LOS GASTOS
Ponte en contacto con nuestro gabinete y te explicaremos los pasos para realizar tu reclamación.
¿Quién puede reclamar?
Todas las personas que hayan constituido una hipoteca, sin importar con qué entidad se firmó el préstamo. El plazo para reclamar no prescribe ya que es una nulidad de una clausula recogida en la propia hipoteca.
Históricamente, todas las entidades han imputado el 100% de los gastos de hipoteca al cliente, recogiéndolo en una cláusula en la escritura de constitución. Esta imputación del total del gasto al cliente se declaró abusiva y, por tanto, nulo.
Será cada juez quien determinará el reparto de costes entre cliente y entidad bancaria, pero existe una total garantía de que la sentencia será satisfactoria porque tenemos una jurisprudencia superior asentada.
¿Cómo es el procedimiento?
Desde Asesores Herrera buscamos, en primer lugar, una solución amistosa a través de una vía extrajudicial poniéndonos en contacto con la entidad bancaria. Sin embargo, debido a la falta de respuesta satisfactoria por parte de la entidad, la mayoría de los casos se tramitan por vía judicial.
Una vez que comienza la vía judicial, aprovechamos a impugnar todas las clausulas abusivas recogidas en las escrituras: interés de demora, comisiones por descubierto, vencimiento anticipado, la clausula suelo y otro tipo de clausulas abusivas para el cliente. De esta forma, dejaremos la escritura limpia de clausulas abusivas. Este tipo de demandas cuentan con una jurisprudencia muy asentada que hace que:
- la nulidad sea aceptada generalmente por todas las entidades
- las entidades bancarias soporten las costas del proceso judicial
Por tanto, los beneficios van íntegramente a nuestros clientes.
Si pensabas que era cosa del pasado, mejor acude a un profesional. Hoy en día se siguen incluyendo estas clausulas en las constituciones de préstamos hipotecarios nuevos.
Tú también puedes poner en marcha el proceso de forma rápida y sencilla. Ponte en contacto con nuestro gabinete y te explicaremos, sin compromiso y de manera personalizada, los pasos a dar para solicitar tu reclamación de gastos de hipoteca.
